PORTAL INVERSOR

1. Mi Portafolio

MiPortafolio es una aplicación que te permite verificar de manera online todas tus operaciones realizadas en Matba Rofex S.A. (MtR) y tus tenencias registradas por Argentina Clearing y Registro S.A. (ACyRSA).

En la misma podés visualizar, entre otra información:

  • Portfolio y diferencias en posiciones abiertas
  • Activos en tenencias y garantía
  • Suscripciones y rescates de FCI

Para ingresar deberás utilizar como usuario la dirección de correo electrónico que tu Agente declaró ante MtR y ACyRSA.
Para más información visitá miportafolio.com.ar

2. CNV, Mercados, Cámaras Compensadoras y Agentes

La Comisión Nacional de Valores es un organismo autárquico que funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía y es el encargado de la promoción, supervisión y control del mercado de capitales.
Fue creada en 1968 por la Ley de Oferta Pública (17.811) y actualmente se rige por el marco normativo conferido por la Ley de Mercado de capitales (26.831) y las modificaciones introducidas por Ley de Financiamiento Productivo (27.440).


La misión de la CNV es proteger a los inversores y crear un marco normativo capaz de contribuir al fomento del desarrollo de un mercado de capitales federal, transparente, inclusivo y sustentable que propenda a canalizar el ahorro hacia la inversión, contribuyendo al fortalecimiento de las diversas actividades económicas del país.

Los Mercados son sociedades anónimas autorizadas por la Comisión Nacional de Valores con el objeto principal de organizar las operaciones con valores negociables que cuenten con oferta pública, quedando bajo competencia de la Comisión Nacional de Valores las actividades afines y complementarias compatibles con el desarrollo de ese fin.


Las Cámaras Compensadoras son entidades cuyo objeto principal es actuar en la liquidación y compensación de las operaciones, asumiendo la función de contraparte central.

Los Agentes son personas físicas y/o jurídicas autorizadas por la Comisión Nacional de Valores para su inscripción dentro de los registros correspondientes creados por la citada Comisión, para abarcar las actividades de negociación, de colocación, distribución, corretaje, liquidación y compensación, custodia y depósito colectivo de valores negociables, las de administración y custodia de productos de inversión colectiva, las de calificación de riesgos, y todas aquellas que, a criterio de la Comisión Nacional de Valores, corresponda registrar para el desarrollo del mercado de capitales.

Es posible acceder al mercado de capitales mediante los siguientes Agentes:

Agente de negociación: Sociedades autorizadas a actuar como intermediarios de mercados incluyendo bajo competencia del organismo cualquier actividad vinculada y complementaria que éstos realicen.

Agentes de corretaje: Personas jurídicas registradas ante la Comisión Nacional de Valores para poner en relación a dos o más partes para la conclusión de negocios sobre valores negociables, sin estar ligadas a ninguna de ellas por relaciones de colaboración, subordinación o representación (primera parte del inciso a) del artículo 34 del anexo I a la ley 25.028).

Agentes de liquidación y compensación: Personas jurídicas registradas ante la Comisión Nacional de Valores para intervenir en la liquidación y compensación de operaciones con valores negociables registradas en el marco de mercados, incluyendo bajo su jurisdicción cualquier actividad que éstas realicen.

Agente de liquidación y compensación Agroindustrial: Personas jurídicas registradas ante la Comisión Nacional de Valores para intervenir en la liquidación y compensación de operaciones con valores negociables registradas en el marco de mercados. Las personas jurídicas que soliciten su inscripción bajo esta subcategoría podrán desarrollar –de forma complementaria- actividades de Corretaje de Granos, Agropecuarias y Agroindustriales en general, afines y accesorias a éstas.

3. Validar que el Agente esté autorizado por la CNV a operar

Estás facultado a operar con cualquier Agente intermediario en las operaciones del Mercado de Capitales que se encuentre inscripto ante la CNV en alguna de las categorías autorizadas. Para poder validar que tu Agente se encuentra inscripto ante la CNV podés ingresar al siguiente LINK.

Asimismo, podés verificar que tu Agente no ha sido objeto de advertencias por parte de la CNV, dentro de las “Notas de Advertencia” que publica dicho organismo en el siguiente LINK.

4. Validar que determinado Agente sea miembro del Mercado y puede ofrecer determinados productos

En el caso que operes productos en Matba Rofex, validá previamente que la entidad sea Agente Miembro de este Mercado y se encuentre habilitada para ofrecer nuestros productos, para lo cual podés consultar el Listado de Agentes ingresando a: LINK.

Por otra parte, se hace saber al público inversor, que ciertas compañías ofrecen servicios sobre valores negociables, en diversos medios de comunicación, sin contar con la correspondiente autorización de este Mercado.

Advertimos sobre los elevados riesgos de pérdida de capital que acarrea efectuar inversiones a través de personas no autorizadas, y las consecuencias que puede traer aparejada la infracción a la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales y la normativa vigente de la Comisión Nacional de Valores.

5. Derecho a recibir reportes de cuentas

En todos los casos revisá atentamente la documentación que es puesta a tu disposición, verificá la validez de la información contenida en la misma, consultá tus dudas, exigí continuamente información sobre el estado de tus inversiones y reclamá cuando esto no se ajuste a la realidad o consideres que has sido perjudicado. Para ello, debés tener en cuenta los plazos legales para cuestionar la documentación enviada por el Agente, ya que una vez prescriptos esos plazos se consideran como aceptados.

Tenés el derecho a recibir por parte de tu Agente, y éste se encuentra obligado a enviar, los siguientes reportes y con al menos la periodicidad indicada a continuación:

Sobre las operaciones de derivados (futuros y opciones) de Matba Rofex, una confirmación de la operación que ejecutaste en las últimas 24 horas hábiles, en la que se detalle:

  • fecha y hora de la operación
  • lado (si se trata de una compra o una venta)
  • instrumento
  • cantidad operada
  • precio
  • precio de ejercicio en el caso que el instrumento sea una opción


Tu Agente estará exceptuado de enviarte esta información cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • hayas ejecutado tus operaciones por algunas de las modalidades de “Acceso Directo al Mercado (DMA)” aceptadas
  • revistas la calidad de Cuenta Especial de Liquidación, o
  • tengas acceso a algún sistema provisto por el Mercado o la Cámara Compensadora que permita brindar la información requerida por cada operación

Un estado de cuenta en el que contenga como mínimo la siguiente información sobre cada operación que hayas realizado en cada uno de los Mercados:

  • Fecha de transacción/operación y fecha de liquidación.
  • Tipo de transacción: Compra, venta, cobro, pago o cualquier otro.
  • Identificación del documento de respaldo correspondiente, comprobante u otro.
  • En caso de operaciones de compra y venta de valores negociables, por cada una de éstas: denominación del valor negociable, cantidad comprada y/o vendida y precio unitario.
  • Moneda.
  • Monto neto.
  • Aranceles, derechos, comisiones e impuestos.
  • Saldos finales diarios en moneda local y otras monedas, segregados por cada una de las actividades realizadas por las diferentes subcategorías de ALYC.


Además, dicho reporte debe incluir una leyenda informando que conforme las reglamentaciones de los Mercados, la documentación de respaldo de cada operación se encuentra a su disposición.

Por último, se deben indicar los saldos y movimientos de los valores negociables de tu titularidad, bajo control o responsabilidad de tu Agente, especificando su situación de disponibilidad o cualquier otra, es decir, indicarse si tus valores negociables se encuentran disponibles, o sea, si podés retirarlos en cualquier momento o no se encuentran disponibles por, por ejemplo, estar integrados en garantía en nuestro Mercado para cubrir posiciones abiertas. Este estado de cuenta tiene que ser remitido por tu Agente en soporte papel y/o por medios electrónicos, en los casos que no tengas acceso en línea permanente a la información indicada.

Sólo en caso que hayas optado por operar a través de la administración discrecional total o parcial por parte de tu Agente, un reporte de la cartera administrada con el detalle del retorno neto de comisiones, de las comisiones percibidas de terceros y del cliente, diferencias de precios, aranceles y demás gastos aplicados.

Esta información debe estar a tu disposición, a través de los medios de comunicación acordados en el convenio de apertura de cuenta comitente firmado por vos al momento de la apertura o con posterioridad a la misma.

  • En el caso que el Agente te haya otorgado un usuario y contraseña para que consultes la información en una Extranet provista por el Agente, se considera que tenés acceso permanente a esta información. Verificá, al menos mensualmente, que puedas ingresar a dicha página y que la información allí contenida sea válida.
  • En el caso que el Agente te remita dicha documentación por correo electrónico, tiene como plazo máximo para enviártelo dentro de los 15 días corridos de cerrado el mes. Es recomendable resguardar el correo y controlar la documentación allí contenida.
  • En el caso que el Agente entregue dicha documentación en físico, es posible que te soliciten que firmes una copia de respaldo, para que el Mercado pueda verificar el efectivo cumplimiento en instancia de las auditorías realizadas. Es recomendable consultar previamente todas las dudas que tengas acerca de la información, antes.de firmar el documento.

Es posible que en el estado de cuentas que el Agente te provea se indique que ciertos activos se encuentran “depositados en el FGOT”. Todos aquellos activos que se integran en garantía por tus operaciones en Matba Rofex, se encuentran depositados en un Fideicomiso llamado Fondo de Garantía para Operaciones de Terceros, que se encuentra bajo custodia y resguardo de la Cámara Compensadora, Argentina Clearing y Registro S.A.

Podés consultar en todo momento, si los activos que tu Agente te indica que se encuentran en el FGOT, efectivamente fueron ingresados por el Agente a la Cámara Compensadora mediante MiPortafolio.

6. Saldos líquidos

Prestá principal atención al tratamiento de los saldos líquidos de tu cuenta. Considerá que el saldo líquido es el dinero que queda en custodia de tu Agente sin ser invertido o afectado en garantía para un Mercado en particular. Tené en cuenta que:

  • Deberás solicitarle indicaciones expresas respecto del tratamiento de los saldos líquidos disponibles al final del día, y en su caso número de cuenta a donde realizar las transferencias de los saldos líquidos y de las acreencias depositadas en tu subcuenta comitente abierta en el Agente de Depósito Colectivo, de corresponder. CNV Anexo I – Contenido Mínimo CACC
  • El tratamiento de los fondos líquidos de clientes cuando tu Agente opere mediante instrucción específica –en los términos del artículo 19 del Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del presente Título- deberá ser acordado expresamente con vos y podrás modificarlo formalizando tal decisión. Cuando tu Agente no opere mediante instrucciones específicas, tus fondos líquidos en pesos y otras monedas, que superen el equivalente a MIL QUINIENTAS (1500) Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) – Ley N° 25.827-, deberán ser invertidos en tu beneficio, de acuerdo con el perfil de riesgo elaborado.

    Si tu Agente tiene la categoría de agente de liquidación y compensación Integral agroindustrial, adicionalmente, al momento de la apertura de la cuenta, deberá requerirte una autorización expresa (suscripta por todos los cotitulares de la cuenta) para que transcurridos 30 días corridos de la acreditación de tus fondos -o de la conformación de saldos líquidos-, que superen el equivalente a MIL QUINIENTAS (1500) Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) – Ley N° 25.827-, en pesos o en otras monedas:
    a.- sean transferidos a una cuenta bancaria de tu titularidad o cotitularidad, o
    b.- destinado a las inversiones instruidas por vos en la autorización mencionada.
     

Lo dispuesto en el presente punto resulta exigible a los Agente que no revisten el carácter de entidades financieras autorizadas a actuar como tales en los términos de la Ley N° 21.526. A efectos de determinar el valor equivalente en pesos, se deberá considerar el valor UVA al 31 de diciembre del año calendario anterior. Art 4 CAP II – TIT VII – TO CNV

Tené en cuenta que tu Agente no puede realizar transacciones de dinero en efectivo por un importe mayor a $1.000 (o su equivalente en moneda extranjera). Todas las operaciones mayores a ese importe deberán ser bancarizadas.

7. Puntos mínimos que debe tener el Convenio de Apertura de Cuenta Comitente (CACC)

Previo a firmar un CACC con tu Agente, tené en cuenta el contenido del mismo y las cláusulas que éste abarca. Es recomendable despejar todas tus dudas previamente a firmar el documento. Identificá tus derechos y obligaciones emergentes del convenio. Considerá que entre las cláusulas mínimas que debe contener el convenio que regirá la relación contractual entre vos y tu Agente, se encuentran las siguientes (entre otras que exige CNV):

  • Descripción de cada uno de los costos (generales y/o excepcionales) a cargo del cliente involucrado en las distintas operaciones, incluyendo aclaración en cada caso respecto si se trata de datos anuales, si son de carácter fijo y/o variable, y la fecha de vigencia indicando dónde puede el cliente adquirir datos actualizados de estos conceptos.
  • Descripción de los riesgos de mercado inherentes.
  • Deberán informar a sus clientes claramente si las operaciones cuentan o no, con garantía del Mercado o de la Cámara Compensadora en su caso.
  • Deberás solicitarle indicaciones expresas respecto del tratamiento de los saldos líquidos disponibles al final del día, y en su caso número de cuenta a donde realizar las transferencias de los saldos líquidos y de las acreencias depositadas en tu subcuenta comitente abierta en el Agente de Depósito Colectivo, de corresponder.
  • Explicación pormenorizada de los riesgos asumidos por el cliente ante el incumplimiento del Agente.
  • Detalle de la periodicidad y forma en que se comunicará al cliente las características distintivas de cada inversión u operación realizada en tu nombre. Asimismo, deberá indicarse el o los medios de comunicación acordado/s con el cliente para la remisión o puesta a disposición del estado de cuenta elaborado por el Agente conteniendo –como mínimo- información sobre cada transacción u operación realizada.
  • Leyenda en forma destacada que establezca que no se asegura rendimientos de ningún tipo ni cuantía y que las inversiones de los clientes están sujetas a las fluctuaciones de precios del mercado.
  • Detalle de los medios o modalidades de captación de órdenes a ser utilizados por el cliente para impartir órdenes de operaciones al agente.
  • Los Agentes deben entregar el convenio a los clientes por los medios habilitados a estos efectos.

Además, deberás elegir la forma de vinculación con tu Agente, es decir, indicar en el Convenio si tu Agente operará mediante instrucciones específicas impartidas por vos o si tu Agente ejercerá la administración discrecional total o parcial de tu cartera de inversión.

Por último, debés prestar especial atención al momento de completar tu perfil de riesgo a los efectos que tu Agente pueda conocer tu experiencia en inversiones dentro del mercado de capitales, tu grado de conocimiento respecto a los instrumentos disponibles en el mercado de capitales, tu objetivo de inversión, tu situación financiera, tu horizonte de inversión previsto, tu porcentaje de ahorros destinado a estas inversiones, tu nivel de ahorros que está dispuesto a arriesgar y toda otra circunstancia relevante.

8. Comisiones del Agente y derechos de los Mercados

Prestá atención a las comisiones, derechos de Mercado y de Registro que tu Agente te cobra. Verificá en cada estado de cuenta que se efectúe el cobro de las comisiones de tu Agente y los derechos de los Mercados y Cámaras, dentro de los límites establecidos.

Podés verificar el listado de comisiones vigentes de tu Agente publicado en la Autopista de Información Financiera (AIF) de CNV, ingresando al siguiente LINK.

Luego en “Agentes”, seleccionar la categoría y la razón social del Agente del que se desea consultar, y luego en la solapa “Información financiera” > “Listado Comisiones”.

El Agente tiene prohibido cobrar comisiones más allá de los máximos que te ha comunicado a vos y a la Comisión Nacional de Valores, mediante su publicidad en la página web o en la firma del Convenio de Apertura de Cuenta Comitente.

Los derechos de Mercado y Registro son los aranceles y tasas que el Mercado y la Cámara perciben por las Operaciones concertadas y/o registradas en su ámbito, y los mismos pueden estar incluidos o no en las comisiones del Agente, por lo cual debe estar aclarada esta situación en el listado de comisiones vigentes del Agente.

Asimismo, ante cualquier duda, podés verificar en Web de Matba Rofex - sección “Normas” –“Derecho de Registro y Aranceles” los derechos que cobra el Mercado y la Cámara Compensadora por las operaciones realizadas.

9. Cómo solicitar un traspaso de carteras

Podés solicitar en cualquier momento a tu Agente la transferencia a otro u otros Agente de las posiciones y garantías de tu cuenta. Es posible traspasar tu cartera total o parcialmente. Dicho trámite debe cursarse a través de tu Agente.

El traspaso se perfeccionará mediante la firma del formulario “Traspaso de cartera total y garantías comitente”. Una vez validado el formulario, ACyRSA realizará la transferencia de cartera y garantías, de la siguiente manera:

  • Cerrando tus contratos en la cartera del Agente de Origen.
  • A los fines de la cancelación podrá optarse entre: precios originales de los contratos o precios de ajuste del día del traspaso.
  • Se darán de alta en la cartera del Agente de Destino los contratos cancelados previamente, a los mismos precios que fueron dados de baja.
  • Se traspasaran las garantías del Agente de Origen al Agente de Destino.
10. Cómo hacer denuncias ante CNV y/o ante el Mercado

Ante cualquier sospecha de fraude o si considerás que se han afectado tus derechos, podés ponerte en contacto con la Comisión Nacional de Valores, mediante las vías que dicha entidad dispone en su página web.

LINK -> Solapa “Denuncias”

También podés canalizar tu denuncia contactando al área de Atención al Cliente del Mercado a través de la siguiente casilla de correo: atencionalcliente@matbarofex.com.ar

11. Portal del Inversor de CNV

Ante cualquier otra consulta podés acceder al FAQ de “Protección al Inversor” de la CNV, ingresando al siguiente LINK.

Allí encontrarás respuestas a preguntas sobre:

  • Comisión Nacional de Valores (CNV)
  • Empresas que están en la Oferta Pública
  • Agentes
  • Fondos Comunes de Inversión
  • Tenencia
  • Recomendaciones al Inversor
  • Consultas, Reclamos y Denuncias

Adicionalmente, en la sección de Protección al Público Inversor de la Web de CNV del siguiente LINK podés acceder a la guía de protección a las personas inversoras, elaborado por la CNV.